Tener capacidad de obrar
Detalle
En el proceso de homologación de CEVASA, podrán participar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles y cuando así lo declare expresamente la Ley.
La capacidad de obrar de las personas jurídicas se acreditará mediante la escritura de constitución de la sociedad, los estatutos o acto fundacional en los cuales consten las normas por las cuales se regula su actividad debidamente inscritos en el registro correspondiente.
Así mismo, las personas jurídicas, en su objeto social o ámbito de actividad, tendrán que tener comprendidas las prestaciones que son objeto del contrato.
Requerimientos / Documentación
- Escritura de constitución
- Fotocopia del NIF
- Escrituras de apoderados y DNI apoderado
- Fotocopia del alta (mod 036) en Hacienda.
- Completar y firmar la Declaración Responsable, descargable en la web, que incluirá la aceptación respecto a que CEVASA incluya los datos y documentos aportados en sus bases de datos y trate los datos personales facilitados con la finalidad para la cual se solicitan.